DepartamentoBienes InmueblesValoracionesMunicipal.
Bienes Inmuebles
Descripcion
Administrar el recurso tierra del cantón de La Cruz, Guanacaste con énfasis en el recaudo justo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles mediante la aplicación y políticas de control que permitan el cumplimiento de la Ley Nº 7509 y sus reformas (Ley de Impuesto sobre Bienes Inmuebles) entre los propietarios de bienes inmuebles del cantón, de tal forma, que la regulación predial sea conforme a la normativa vigente y los lineamientos que rigen la materia.
Funciones
Lleva a cabo la percepción, fiscalización y administración de este impuesto; además, se enfoca en el manejo, mantenimiento y actualización de la base de datos de bienes inmuebles Municipal calculando el Impuesto sobre Bienes Inmuebles que le corresponde pagar a cada propietario según la cantidad de propiedades y de acuerdo a los valores fiscales que tengan asignados los inmuebles ya sea por medio de permisos de construcción, declaraciones de bienes inmuebles, escrituras de traspasos, segregaciones, hipotecas, avalúos, etc… A continuación, se describen las siguientes actividades y funciones:
- Ajustar y actualizar los valores fiscales de los bienes inmuebles que se ubican en el cantón de La Cruz, Guanacaste.
- Tramitar las solicitudes de No afectación por bién único, entre otras.
- Tramitar las solicitudes de exoneración por Ley especial.
- Tramitar las nuevas declaraciones informativas de bienes inmuebles presentadas.
- Gestionar los traspasos de inmuebles.
- Diseñar, coordinar, ejecutar y fiscalizar la valoración controlada de los bienes inmuebles del cantón.
- Emitir constancias del valor fiscal del inmueble.
- Elaborar dictámenes técnicos (resoluciones) a usuarios internos y externos en cuanto a la aplicación de la Ley de Impuestos sobre Bienes Inmuebles.
SOLICITUD DE NO AFECTACIÓN POR BIEN ÚNICO(EXONERACIÓN) DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES
Esta exoneración o exención consta en el no cobro del impuesto a los Inmuebles que constituyan bien único de los sujetos pasivos (personas físicas) y tengan un valor máximo equivalente a cuarenta y cinco salarios base; (¢20,799,000.00) no obstante el impuesto deberá pagarse sobre el exceso de esa suma. El concepto de "salario base" usado es basado la Ley Nº 7337 de 5 de mayo de 1993.
Información importante para el trámite:
- Periocidad y plazos: Este trámite debe de realizarce anualmente por el propietario del inmueble de forma estrictamente personal. Se recomienda efectuarlo durante el primer trimestre del año (enero, febrero y marzo).
- Requisito de Identificación: Presentar únicamente la cédula de identidad original del propietario, la cual debe de estar vigente y en buen estado.
- Trámite Digital: El proceso puede realizarce vía correo electrónico siempre que el usuario cuente con firma digital. En este caso, la solicitud debe de enviarse a las direcciones: nayid.sandino@munilacruz.go.cr y kelvin.torres@munilacruz.go.cr
SOLICITUD DE DECLARACIÓN DE BIENES INMUEBLES
Debe enviar el formulario completo y firmado por el (la) propietario (a) del inmueble, considerando las siguientes dos modalidades:
- Firma manuscrita (puño y letra): El documento debe de venir debidamente autenticado por un abogado y se debe de remitir el original fisicamente al Departamento de Bienes Inmuebles.
- Firma Digital: La declaración puede enviarse directamente por correo electrónico a las direcciones andrey.montiel@munilacruz.go.cr y kelvin.torres@munilacruz.go.cr . Es indispensable que la firma digital cuente con la respectiva MARCA DE HORA.
Documentos de descarga del servicio
Formularios
Requisitos Propiedades Inscritas
- Cédula del propietario (a) o representante legal en caso de una persona jurídica.
- Personería jurídica con no más de un mes de haber sido emitida en caso de que sea persona jurídica.
Requisitos Propiedades NO Inscritas
- Cédula del propietario (a) o representante legal en caso de una persona jurídica.
- En caso de que el contribuyente sea una persona jurídica deberá presentar la personería jurídica con no más de un mes de haber sido emitida
- Copia del plano catastrado.
- Documento legal de posesión ya sea: carta de venta protocolizada, carta de donación protocolizada, expediente judicial del proceso de inscripción del inmueble para información posesoria o el documento de posesión que corresponda.
Contacto
Para consultas se puede comunicar a los teléfonos: 2690-5737, 5763 ó 5764 o al correo electrónico andrey.montiel@munilacruz.go.cr o kelvin.torres@munilacruz.go.cr